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Así fue el fallido plan de Cindy Nahuelcoy y Loreto Toloza que terminó con 40 fechas de castigo
Un duro momento viven Cindy Nahuelcoy y Loreto Toloza, dos figuras que saltaron a la fama por ser pioneras como asistentes en partidos del fútbol masculino. Sin embargo, todo se derrumbó luego de que se conociera la denuncia que realizó la ANFP contra ambas juezas, quienes acusaron a Julio Bascuñán, miembro de la Comisión de Árbitros, de favorecer a su colega Leslie Vásquez, por una supuesta relación sentimental. Esto fue desacreditado por las investigaciones posteriores y derivó en una drástica sanción del Tribunal de Disciplina que, en fallo unánime, decidió suspenderlas con 40 partidos.
El escrito contiene varios detalles de cómo se fraguó el episodio que hoy tiene a ambas profesional en el momento más delicado de sus trayectorias. En ese sentido, lo primero de lo que se encarga es de limpiar la imagen del aludido. “En todo caso, y considerando que la imputación de las denunciadas a don Julio Bascuñán y doña Leslie Vásquez es de conocimiento público, corresponde dejar constancia que no existe prueba alguna de la veracidad de esa eventual relación, que las propias denunciadas manifiestan que no les consta ni tienen prueba fehaciente y contundente y que consta en el expediente de la investigación interna de la ANFP que cuatro árbitros, mencionados como testigos por las árbitras Toloza y Nahuelcoy en la denuncia anónima, declararon enfáticamente que nada sabían ni nada habían visto sobre lo consultado”, dicen.
De acuerdo a lo que se logró establecer, las acusaciones de las sancionadas fueron premeditadas. “Al respecto, se encuentra acreditado, y no discutido, que las autoras del envío del correo electrónico masivo a, aproximadamente, 450 personas relacionadas con el ámbito arbitral fueron las denunciadas Cindy Nahuelcoy y Loreto Toloza. Al punto, constituyendo punto angular de la decisión que se consignará en la parte resolutiva del presente fallo, consta en la investigación que ambas denunciadas declararon ante este Tribunal que fueron ellas, y conjuntamente, quienes enviaron el correo masivo, haciendo uso de una casilla de correo electrónico que previamente habían creado para tal fin”, sostiene.
Ambas reconocieron ante el oficial de cumplimiento de la ANFP que redactaron en conjunto el correo masivo y que fue enviado el 17 de mayo desde la cafetería Starbucks del Portal Ñuñoa. Asimismo, en las declaraciones, Toloza intenta desmarcarse de Nahuelcoy. “En cuanto a la motivación para su actuar, doña Loreto Toloza suscribió que todo fue tramado por Cindy Nahuelcoy y que participó por solidarizar con ella, luego que le contó que Julio estaba vinculado con Leslie y que por ese motivo Cindy no va a ir al Mundial Femenino”, establece la sentencia.
La aludida, en tanto, admite su error, pero igualmente acusa a Vásquez de utilizar malas prácticas para conseguir su designación mundialista: “A su turno, doña Cindy Nahuelcoy declaró y firmó que sabe que estuvo mal al enviar el correo, que se equivocó y que pensó que con el envío del correo no se vería perjudicada en próximas designaciones, pero que, sinceramente, no tiene pruebas. Agregó en la oportunidad que se esforzó cuatro años para ir al Mundial y que Leslie, jugando sucio, logró ser nominada. En este punto, es de alta relevancia para este sentenciador consignar y ponderar que está suficientemente acreditado en autos, y reconocido por las denunciadas, que la Comisión de Árbitros nacional no tiene ninguna injerencia ni participación en las designaciones que realiza Conmebol y/o FIFA para sus respectivos torneos, de tal forma que Julio Bascuñán no podría haber incidido en lo más mínimo en la designación de Leslie Vásquez para asistir al Campeonato Mundial y en la no designación de Cindy Nahuelcoy, como tampoco tendrán ninguna participación en futuras designaciones”.
Faltas a la privacidad
Por otra parte, también el fallo descarta cualquier vínculo en el origen de la denuncia con Roberto Tobar. “Estando acreditado que el envío del correo masivo fue ejecutado razonada y premeditadamente por las denunciadas, corresponde a este Tribunal establecer que no existe prueba contundente alguna, más allá de las declaraciones de las denunciadas, que hayan sido inducidas, instigadas o presionadas a hacerlo por parte del Presidente de la Comisión de Árbitros, don Roberto Tobar”, manifiesta.
Un punto en el que hace mucho énfasis el fallo es el que tiene relación con la privacidad de los 450 destinatarios del correo que enviaron, todos relacionados con el mundo arbitral, y quienes se vieron expuestos, incluso en medios de comunicación. “En el mismo sentido, este Tribunal considera reprochable que a las denunciadas no les haya importado enviar el correo con las direcciones de correo abiertas y públicas, con el consiguiente riesgo que se dieran a conocer masivamente, como de hecho ocurrió en Televisión Nacional de Chile cuando, al emitir la noticia, se alcanzó a distinguir varias direcciones de correo de distintos árbitros. Se debe ponderar que, perfectamente, bastaba enviar el correo con ‘copia oculta’ para evitar, al menos, esta consecuencia”, lamenta.
El fallo de la Primera Sala establece que no podrán desempeñar ninguna función arbitral durante 40 encuentros y aclara que tampoco podrán dirigir en otra competencia. “Para el cómputo de esta sanción se deberá considerar los partidos oficiales del Campeonato de Primera División 2023 y 2024, sin perjuicio de lo cual, en tanto no se cumplan las fechas de sanción, las árbitras Cindy Nahuelcoy Jara y Loreto Toloza Cravero no podrán desempeñar las antedichas labores arbitrales en ninguna otra competencia organizada por la Asociación Nacional de Fútbol Profesional”, dice el escrito aprobado unánimemente por Exequiel Segall, Carlos Aravena, Santiago Hurtado, Franco Acchiardo, Alejandro Musa, Jorge Isbej y Simón Marín.
Original de La Tercera
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